LGMSV

Artículo 18. Innovaciones tecnológicas en transporte

Las autoridades fomentarán la adopción de innovaciones tecnológicas en el transporte, incluyendo vehículos y combustibles. Esto busca mejorar la eficiencia y sostenibilidad del sistema de movilidad.

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Texto Legal

Las políticas en materia de movilidad que se determinen por las autoridades de los tres órdenes de gobierno, promoverán e incentivarán la gradual adopción de las innovaciones tecnológicas en los sistemas aplicados al transporte, vehículos, combustibles, fuentes de energía e infraestructura.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La inclusión de tecnología en el transporte puede abrir nuevas oportunidades de negocio. Es recomendable que las empresas se mantengan informadas sobre las tendencias tecnológicas en este sector.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LGMSV?

Las autoridades fomentarán la adopción de innovaciones tecnológicas en el transporte, incluyendo vehículos y combustibles. Esto busca mejorar la eficiencia y sostenibilidad del sistema de movilidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY de Movilidad y Seguridad Vial?

[IA] La inclusión de tecnología en el transporte puede abrir nuevas oportunidades de negocio. Es recomendable que las empresas se mantengan informadas sobre las tendencias tecnológicas en este sector.

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