LGMSV

Artículo 59. Instrumentos de financiamiento

Se definirán programas y proyectos de inversión relacionados con movilidad y seguridad vial que serán considerados como instrumentos de financiamiento público.

financiamientomovilidadproyectos

Texto Legal

Instrumentos de financiamiento. Serán instrumentos de financiamiento público los programas, acciones y proyectos de inversión relacionados con la movilidad y la seguridad vial que desarrollen las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben estar atentas a los programas de financiamiento que puedan surgir para proyectos de movilidad. Esto puede ser una oportunidad para mejorar infraestructuras y servicios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 59 del LGMSV?

Se definirán programas y proyectos de inversión relacionados con movilidad y seguridad vial que serán considerados como instrumentos de financiamiento público.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 59 de la LEY de Movilidad y Seguridad Vial?

[IA] Las empresas deben estar atentas a los programas de financiamiento que puedan surgir para proyectos de movilidad. Esto puede ser una oportunidad para mejorar infraestructuras y servicios.

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