LGMSV

Artículo 60. Priorización de acciones en movilidad

Las acciones y recursos en movilidad se enfocarán en mejorar la infraestructura para la movilidad no motorizada y el transporte público, priorizando la seguridad vial.

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Texto Legal

Priorización de las acciones y recursos en materia de movilidad y seguridad vial. Los programas, acciones y proyectos de infraestructura relacionados con la movilidad y la seguridad vial se enfocarán prioritariamente en lo siguiente:

I. Implementar mejoras a la infraestructura para la movilidad no motorizada y peatonal, así como efectuar acciones para la integración y fortalecimiento del servicio de transporte público, de los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, con el fin de promover su uso y cumplir con el objeto de esta Ley;

II. La mejora de la infraestructura para la movilidad, servicios auxiliares y el transporte que promuevan el diseño universal y la seguridad vial;

III. Desarrollar políticas para reducir siniestros de tránsito, así como proyectos estratégicos de infraestructura para la movilidad y seguridad vial, priorizando aquellos enfocados en proteger la vida e integridad de las personas usuarias de las vías, donde se considere los factores de riesgo;

IV. Impulsar la planeación de la movilidad y la seguridad vial orientada al fortalecimiento y a mejorar las condiciones del transporte público, su integración con el territorio, así como la distribución eficiente de bienes y mercancías;

V. Realizar estudios para la innovación, el desarrollo tecnológico e informático, así como para promover la movilidad no motorizada y el transporte público en los centros de población con menores ingresos;

LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 29-12-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Desarrollar programas de información, educación e investigación en materia de sensibilización, educación y formación sobre movilidad y seguridad vial, y

VII. Otros que permitan el cumplimiento de esta Ley, sus principios y objetivos conforme a la jerarquía de la movilidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La priorización de la movilidad no motorizada es un cambio significativo. Las empresas deben considerar cómo esto puede afectar sus operaciones y la planificación de rutas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 60 del LGMSV?

Las acciones y recursos en movilidad se enfocarán en mejorar la infraestructura para la movilidad no motorizada y el transporte público, priorizando la seguridad vial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 60 de la LEY de Movilidad y Seguridad Vial?

[IA] La priorización de la movilidad no motorizada es un cambio significativo. Las empresas deben considerar cómo esto puede afectar sus operaciones y la planificación de rutas.

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