Las actividades riesgosas deben contar con un seguro de riesgo ambiental, promoviendo la creación de un sistema nacional para su regulación. Esto asegura la responsabilidad en caso de incidentes.
Quienes realicen actividades altamente riesgosas, en los términos del Reglamento correspondiente, deberán contar con un seguro de riesgo ambiental. Para tal fin, la Secretaría con aprobación de las Secretarías de Gobernación, de Energía, de Economía, de Salud, y del Trabajo y Previsión Social integrará un Sistema Nacional de Seguros de Riesgo Ambiental. Artículo adicionado DOF 31-12-2001
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben considerar la contratación de seguros adecuados para mitigar riesgos y cumplir con la legislación vigente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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