Las actividades consideradas altamente riesgosas deben cumplir con regulaciones específicas y presentar estudios de riesgo ambiental. Esto es vital para prevenir desastres ecológicos.
La realización de actividades industriales, comerciales o de servicios altamente riesgosas, se llevarán a cabo con apego a lo dispuesto por esta Ley, las disposiciones reglamentarias que de ella emanen y las normas oficiales mexicanas a que se refiere el artículo anterior.
Quienes realicen actividades altamente riesgosas, en los términos del Reglamento correspondiente, deberán formular y presentar a la Secretaría un estudio de riesgo ambiental, así como someter a la aprobación de dicha dependencia y de las Secretarías de Gobernación, de Energía, de Comercio y Fomento Industrial, de Salud, y del Trabajo y Previsión Social, los programas para la prevención de accidentes en la realización de tales actividades, que puedan causar graves desequilibrios ecológicos. Artículo reformado DOF 13-12-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es esencial que las empresas realicen estudios de riesgo y tengan planes de emergencia para mitigar posibles impactos ambientales.
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