Este articulo establece penas para quienes oculten o destruyan restos humanos con el fin de ocultar un delito. Refuerza la gravedad de la desaparición en el contexto penal.
A quien oculte, deseche, incinere, sepulte, inhume, desintegre o destruya, total o parcialmente, restos de un ser humano o el cadáver de una persona, con el fin de ocultar la comisión de un delito, se le impondrá pena de quince a veinte años de prisión y de mil a mil quinientos días multa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las sanciones severas por ocultamiento de restos humanos reflejan la seriedad de estos delitos. Los abogados deben estar preparados para abordar estos aspectos en la defensa de sus clientes.
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