Se establece pena de prisión para quienes no informen sobre el paradero de un menor en casos de desaparición. Este artículo busca garantizar la protección de los derechos de los niños y niñas.
Se impondrá pena de tres a siete años de prisión a quien, conociendo el paradero o destino final de una niña o niño a los que se refieren los delitos establecidos en los artículos 31 y 35 de la Ley, y a sabiendas de la misma, no proporcione información para su localización.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo resalta la importancia de la responsabilidad social y legal en la protección de menores, lo que puede ser relevante para abogados que trabajen en casos de derechos infantiles.
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