LGMHCTI

Artículo 96. Atribuciones de Direcciones Generales

Las Direcciones Generales tienen atribuciones definidas por la Ley y su instrumento de creación, además de las facultades de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Esto establece un marco claro para su operación.

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Texto Legal

Las personas titulares de las Direcciones Generales o equivalentes de los Centros Públicos tendrán las atribuciones previstas en esta Ley, así como las establecidas en el instrumento de creación del Centro Público de que se trate y en la normativa aplicable, además de las facultades y obligaciones que contempla la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer las atribuciones específicas de las Direcciones Generales es esencial para asegurar que se cumplan las normativas. Los contadores deben estar al tanto de estas facultades para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del LGMHCTI?

Las Direcciones Generales tienen atribuciones definidas por la Ley y su instrumento de creación, además de las facultades de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Esto establece un marco claro para su operación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la LEY en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnol...?

[IA] Conocer las atribuciones específicas de las Direcciones Generales es esencial para asegurar que se cumplan las normativas. Los contadores deben estar al tanto de estas facultades para asesorar adecuadamente a sus clientes.

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