LGIPD

Artículo 9. Prohibición de Discriminación

Se prohíbe cualquier tipo de discriminación en el otorgamiento de seguros de salud o de vida a personas con discapacidad, garantizando su acceso equitativo a estos servicios.

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Texto Legal

Queda prohibido cualquier tipo de discriminación contra las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es vital para proteger los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito de los seguros. Las aseguradoras deben revisar sus políticas para asegurar que no haya discriminación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LGIPD?

Se prohíbe cualquier tipo de discriminación en el otorgamiento de seguros de salud o de vida a personas con discapacidad, garantizando su acceso equitativo a estos servicios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY para la Inclusión de las Personas con Disca...?

[IA] Este artículo es vital para proteger los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito de los seguros. Las aseguradoras deben revisar sus políticas para asegurar que no haya discriminación.

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