Este articulo establece que los particulares también pueden ser responsables por tortura si actúan con la autorización o apoyo de un servidor público. Esto amplía la responsabilidad penal.
También comete el delito de tortura el particular que:
I. Con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un Servidor Público cometa alguna de las conductas descritas en el artículo anterior, o
II. Con cualquier grado de autoría o participación, intervenga en la comisión de alguna de las conductas descritas en el artículo anterior.
LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-04-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La inclusión de particulares en la responsabilidad por tortura es un aspecto importante a considerar en la defensa. Los abogados deben evaluar la implicación de esta norma en cada caso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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