Cualquier accionista puede solicitar una copia certificada del acta de la junta, y el gerente general debe proporcionarla en un plazo determinado.
Copia Certificada del Acta Cualquier accionista, aunque no hubiese asistido a la junta general, tiene derecho de obtener, a su propio costo, copia certificada del acta correspondiente o de la parte específica que señale. El gerente general de la sociedad está obligado a extenderla, bajo su firma y responsabilidad, en un plazo no mayor de cinco días contados a partir de la fecha de recepción de la respectiva solicitud. En caso de incumplimiento, el interesado puede recurrir al Juez del domicilio por la vía del proceso no contencioso a fin que la sociedad exhiba el acta respectiva y el secretario del Juzgado expida la copia certificada correspondiente para su entrega al solicitante. Los costos y costas del proceso son de cargo de la sociedad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No obtener la copia puede limitar el acceso a información clave sobre las decisiones de la sociedad, afectando la transparencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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