El pacto social puede establecer que no haya directorio, delegando funciones al gerente general. Esto simplifica la estructura organizativa.
Directorio facultativo En el pacto social o en el estatuto de la sociedad se podrá establecer que la sociedad no tiene directorio. Cuando se determine la no existencia del directorio todas las funciones establecidas en esta ley para este órgano societario serán ejercidas por el gerente general.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La ausencia de un directorio puede agilizar decisiones, pero también puede concentrar demasiado poder en el gerente general, lo que puede ser riesgoso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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