LGS

Artículo 266. Razón social de la colectiva

La sociedad colectiva utiliza una razón social que incluye el nombre de los socios. Esto implica que cualquier persona cuyo nombre aparezca es responsable como socio.

razon socialsociedad colectivaresponsabilidad

Texto Legal

Razón social La sociedad colectiva realiza sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre de todos los socios o de algunos o alguno de ellos, agregándose la expresión «Sociedad Colectiva» o las siglas «S.C.». La persona que, sin ser socio, permite que su nombre aparezca en la razón social, responde como si lo fuera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que los socios sean conscientes de las implicaciones de su nombre en la razón social, ya que esto puede comprometer su responsabilidad personal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 266 del LGS?

La sociedad colectiva utiliza una razón social que incluye el nombre de los socios. Esto implica que cualquier persona cuyo nombre aparezca es responsable como socio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 266 de la LGS?

Es crucial que los socios sean conscientes de las implicaciones de su nombre en la razón social, ya que esto puede comprometer su responsabilidad personal.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 266 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 266 LGS desde tu celular