La voluntad de los socios que representan la mayoría del capital social regirá la vida de la sociedad, con reglas específicas para la celebración de juntas.
Formación de la voluntad social La voluntad de los socios que representen la mayoría del capital social regirá la vida de la sociedad. El estatuto determina la forma y manera como se expresa la voluntad de los socios, pudiendo establecer cualquier medio que garantice su autenticidad. Sin perjuicio de lo anterior, será obligatoria la celebración de junta general cuando soliciten su realización socios que representen por lo menos la quinta parte del capital social.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Una correcta formación de la voluntad social asegura decisiones alineadas con los intereses de la mayoría, evitando conflictos y promoviendo la cohesión entre socios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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