La administración se encarga a gerentes, quienes no pueden dedicarse a negocios similares. Pueden ser removidos por mayoría simple, salvo pacto contrario.
Administración: gerentes La administración de la sociedad se encarga a uno o más gerentes, socios o no, quienes la representan en todos los asuntos relativos a su objeto. Los gerentes no pueden dedicarse por cuenta propia o ajena, al mismo género de negocios que constituye el objeto de la sociedad. Los gerentes o administradores gozan de las facultades generales y especiales de representación procesal por el solo mérito de su nombramiento. Los gerentes pueden ser separados de su cargo según acuerdo adoptado por mayoría simple del capital social, excepto cuando tal nombramiento hubiese sido condición del pacto social, en cuyo caso sólo podrán ser removidos judicialmente y por dolo, culpa o inhabilidad para ejercerlo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establecer claramente las facultades y limitaciones de los gerentes es crucial para evitar abusos y garantizar una administración eficiente y responsable.
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