LGS

Artículo 288. Responsabilidad de los gerentes

Los gerentes son responsables ante la sociedad por daños causados por dolo o negligencia grave. La acción de responsabilidad requiere acuerdo de la mayoría del capital social.

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Texto Legal

Responsabilidad de los gerentes Los gerentes responden frente a la sociedad por los daños y perjuicios causados por dolo, abuso de facultades o negligencia grave. La acción de la sociedad por responsabilidad contra los gerentes exige el previo acuerdo de los socios que representen la mayoría del capital social.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si un gerente causa daños a la sociedad, los socios deben actuar rápidamente para acordar una acción legal, ya que su responsabilidad está sujeta a un acuerdo mayoritario. Ignorar esto puede resultar en pérdidas no recuperables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 288 del LGS?

Los gerentes son responsables ante la sociedad por daños causados por dolo o negligencia grave. La acción de responsabilidad requiere acuerdo de la mayoría del capital social.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 288 de la LGS?

Si un gerente causa daños a la sociedad, los socios deben actuar rápidamente para acordar una acción legal, ya que su responsabilidad está sujeta a un acuerdo mayoritario. Ignorar esto puede resultar en pérdidas no recuperables.

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