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Artículo 348. Abstencion en actos significativos

Este articulo establece que los administradores deben abstenerse de realizar actos que puedan comprometer la fusión hasta que se apruebe en asamblea. Esto asegura que no haya alteraciones en la relación de canje de acciones.

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Texto Legal

Abstención de realizar actos significativos La aprobación del proyecto de fusión por el directorio o los administradores de las sociedades implica la obligación de abstenerse de realizar o ejecutar cualquier acto o contrato que pueda comprometer la aprobación del proyecto o alterar significativamente la relación de canje de las acciones o participaciones, hasta la fecha de las juntas generales o asambleas de las sociedades participantes convocadas para pronunciarse sobre la fusión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se cumple con esta abstencion, se pueden generar conflictos en la fusión y posibles reclamaciones de los socios, afectando la viabilidad del proyecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 348 del LGS?

Este articulo establece que los administradores deben abstenerse de realizar actos que puedan comprometer la fusión hasta que se apruebe en asamblea. Esto asegura que no haya alteraciones en la relación de canje de acciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 348 de la LGS?

Si no se cumple con esta abstencion, se pueden generar conflictos en la fusión y posibles reclamaciones de los socios, afectando la viabilidad del proyecto.

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