Los asociados participan en las perdidas en la misma medida que en las utilidades, salvo pacto en contrario. Esto establece un equilibrio en el riesgo compartido.
Participaciones y casos especiales Salvo pacto en contrario, los asociados participan en las pérdidas en la misma medida en que participan en las utilidades y las pérdidas que los afecten no exceden el importe de su contribución. Se puede convenir en el contrato que una persona participe en las utilidades sin participación en las pérdidas así como que se le atribuya participación en las utilidades o en las pérdidas sin que exista una determinada contribución.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Definir claramente las condiciones de participacion en utilidades y perdidas es esencial para evitar conflictos futuros. Un malentendido puede llevar a disputas financieras significativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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