LGMASC

Artículo 65. Mediacion comunitaria y vecinal en materia administrativa

Regula la mediacion comunitaria y vecinal para resolver conflictos entre ciudadanos y autoridades locales sobre servicios publicos, uso de suelo y convivencia comunitaria.

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Texto Legal

Articulo 65 — Mediacion Comunitaria y Vecinal en Materia Administrativa

La mediacion comunitaria es un mecanismo alternativo destinado a resolver conflictos de bajo impacto entre ciudadanos y entre estos y las autoridades municipales o de las demarcaciones territoriales.

Ambito de aplicacion

I. La mediacion comunitaria procede en controversias relativas a:

a) Conflictos vecinales sobre ruido, uso de espacios comunes, mantenimiento de areas compartidas y convivencia;

b) Controversias sobre la prestacion de servicios publicos municipales como agua, alumbrado, recoleccion de basura y vialidad;

c) Disputas sobre uso de suelo y actividades comerciales en zonas residenciales;

d) Conflictos comunitarios relacionados con el medio ambiente, la seguridad publica y la participacion ciudadana.

Caracteristicas especiales

I. La mediacion comunitaria es gratuita y se presta a traves de centros de mediacion municipales o de las demarcaciones territoriales.

II. Los mediadores comunitarios podran ser personas de la comunidad con capacitacion especifica en tecnicas de mediacion, sin que se requiera titulo profesional de licenciatura.

III. Los procedimientos de mediacion comunitaria seran breves, informales y adaptados a las necesidades de la comunidad.

Efectos

I. Los acuerdos alcanzados en mediacion comunitaria tendran caracter vinculante para las partes y podran ser ejecutados ante la autoridad municipal competente.

II. Cuando la autoridad municipal sea parte en la mediacion, el acuerdo debera ser validado por el titular de la dependencia correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La mediacion comunitaria y vecinal atiende conflictos cotidianos como uso de espacios publicos, ruido y limites de propiedad. En SDV Asesores de Negocio destacamos que este tipo de mediacion es particularmente efectiva para mantener relaciones vecinales y evitar el desgaste y costo de procedimientos judiciales por conflictos menores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LGMASC?

Regula la mediacion comunitaria y vecinal para resolver conflictos entre ciudadanos y autoridades locales sobre servicios publicos, uso de suelo y convivencia comunitaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la Ley MASC?

La mediacion comunitaria y vecinal atiende conflictos cotidianos como uso de espacios publicos, ruido y limites de propiedad. En SDV Asesores de Negocio destacamos que este tipo de mediacion es particularmente efectiva para mantener relaciones vecinales y evitar el desgaste y costo de procedimientos judiciales por conflictos menores.

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