LNMASCMP

Artículo 32. Conclusión anticipada de mecanismos

Este articulo detalla las circunstancias bajo las cuales un Mecanismo Alternativo puede concluirse anticipadamente, incluyendo la voluntad de los Intervinientes y comportamientos irrespetuosos. Se busca asegurar la efectividad del proceso.

mecanismosconclusiónintervinientes

Texto Legal

Conclusión anticipada de los Mecanismos Alternativos El Mecanismo Alternativo se tendrá por concluido de manera anticipada en los casos siguientes:

I. Por voluntad de alguno de los Intervinientes;

II. Por inasistencia injustificada a las sesiones por más de una ocasión de alguno de los Intervinientes;

III. Cuando el Facilitador constate que los Intervinientes mantienen posiciones irreductibles que impiden continuar con el mecanismo y se aprecie que no se arribará a un resultado que solucione la controversia;

IV. Si alguno de los Intervinientes incurre reiteradamente en un comportamiento irrespetuoso, agresivo o con intención notoriamente dilatoria del mecanismo alternativo;

V. Por incumplimiento del Acuerdo entre los Intervinientes, y

VI. En los demás casos en que proceda dar por concluido el Mecanismo Alternativo de conformidad con la Ley.

CAPÍTULO VI DE LOS ACUERDOS

LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los Intervinientes mantengan una actitud respetuosa y colaborativa para evitar la conclusión anticipada del mecanismo, lo que podría limitar sus opciones de resolución.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LNMASCMP?

Este articulo detalla las circunstancias bajo las cuales un Mecanismo Alternativo puede concluirse anticipadamente, incluyendo la voluntad de los Intervinientes y comportamientos irrespetuosos. Se busca asegurar la efectividad del proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LEY Nacional de Mecanismos Alternativos de Solu...?

[IA] Es importante que los Intervinientes mantengan una actitud respetuosa y colaborativa para evitar la conclusión anticipada del mecanismo, lo que podría limitar sus opciones de resolución.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 32 del LNMASCMP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 32 LNMASCMP desde tu celular