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Artículo 28. Sorteos de planes de ahorro

Los planes de ahorro participarán en sorteos públicos durante su vigencia, conforme a las reglas establecidas. Este artículo regula los sorteos.

sorteosplanes de ahorroreglamento

Texto Legal

Conforme a las reglas generales de operación que autorice la Secretaría, los planes de ahorro; así como los demás instrumentos de captación que determine el Consejo Directivo, participarán en sorteos con derecho a premio durante todo el tiempo de su vigencia y hasta que sean pagados al depositante.

Los sorteos serán públicos y se harán ante Notario Público o Corredor Público o interventor de la Secretaría de Gobernación, con la intervención de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de acuerdo a las bases que al efecto establezca la Institución. Párrafo reformado DOF 23-02-2005

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los responsables de los planes de ahorro se aseguren de que los sorteos se realicen conforme a la normativa para evitar problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del 164_190719?

Los planes de ahorro participarán en sorteos públicos durante su vigencia, conforme a las reglas establecidas. Este artículo regula los sorteos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY Orgánica del Banco del Bienestar?

[IA] Es importante que los responsables de los planes de ahorro se aseguren de que los sorteos se realicen conforme a la normativa para evitar problemas legales.

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