167

Artículo 15. Aportaciones del Gobierno

El Gobierno Federal realizará aportaciones equivalentes al 10% de los haberes anuales del personal de tropa, lo que refuerza el apoyo financiero a este sector.

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Texto Legal

La aportación que el Gobierno Federal realice en los términos del artículo anterior, será equivalente al 10% de los haberes anuales del personal de tropa o sus equivalentes en la Armada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las aportaciones del Gobierno son un componente clave del fondo de trabajo. Los contadores deben estar al tanto de estas contribuciones para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del 167?

El Gobierno Federal realizará aportaciones equivalentes al 10% de los haberes anuales del personal de tropa, lo que refuerza el apoyo financiero a este sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, F...?

[IA] Las aportaciones del Gobierno son un componente clave del fondo de trabajo. Los contadores deben estar al tanto de estas contribuciones para asesorar adecuadamente a sus clientes.

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