El capital neto será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, considerando la opinión del Banco de México. Este artículo es clave para la regulación financiera del banco.
El capital neto a que se refiere el artículo 34 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, será el que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La fijación del capital neto es un aspecto crítico para la estabilidad financiera del banco, por lo que es recomendable que los asesores estén al tanto de estas decisiones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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