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Artículo 35. Capital neto fijado por SHCP

El capital neto será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, considerando la opinión del Banco de México. Este artículo es clave para la regulación financiera del banco.

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Texto Legal

El capital neto a que se refiere el artículo 34 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, será el que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La fijación del capital neto es un aspecto crítico para la estabilidad financiera del banco, por lo que es recomendable que los asesores estén al tanto de estas decisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del 167?

El capital neto será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, considerando la opinión del Banco de México. Este artículo es clave para la regulación financiera del banco.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, F...?

[IA] La fijación del capital neto es un aspecto crítico para la estabilidad financiera del banco, por lo que es recomendable que los asesores estén al tanto de estas decisiones.

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