LOEFAM

Artículo 169. Prestaciones de Seguridad Social

Las prestaciones de Seguridad Social para los militares y sus derechohabientes se regirán por las leyes correspondientes. Este artículo establece el marco legal para la protección social de este sector.

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Texto Legal

Las prestaciones de Seguridad Social a que tengan derecho los militares, así como los derechohabientes, se regularán conforme a las Leyes relativas.

De las Bajas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los contadores y abogados conozcan las leyes que regulan las prestaciones de seguridad social para asegurar que los derechos de los militares y sus familias estén protegidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 169 del LOEFAM?

Las prestaciones de Seguridad Social para los militares y sus derechohabientes se regirán por las leyes correspondientes. Este artículo establece el marco legal para la protección social de este sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 169 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] Es crucial que los contadores y abogados conozcan las leyes que regulan las prestaciones de seguridad social para asegurar que los derechos de los militares y sus familias estén protegidos.

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