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Artículo 54 TER. Estado Mayor del ejercito

El Estado Mayor es el organo tecnico operativo que asiste al Comandante del Ejercito en la planeacion y coordinacion. Su papel es fundamental para la eficacia operativa.

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Texto Legal

El Estado Mayor del Ejército es el órgano técnico operativo, colaborador inmediato del Comandante del Ejército, a quien auxilia en la planeación y coordinación de los asuntos de su competencia y de las misiones que le sean conferidas y transforma las decisiones en órdenes, directivas e instrucciones, verificando su cumplimiento. Artículo adicionado DOF 18-02-2022

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El Estado Mayor juega un papel clave en la operacion del ejercito. Los asesores deben comprender su funcion para facilitar la comunicacion y el cumplimiento de las ordenes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 TER del LOEFAM?

El Estado Mayor es el organo tecnico operativo que asiste al Comandante del Ejercito en la planeacion y coordinacion. Su papel es fundamental para la eficacia operativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 TER de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] El Estado Mayor juega un papel clave en la operacion del ejercito. Los asesores deben comprender su funcion para facilitar la comunicacion y el cumplimiento de las ordenes.

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