LOPJF

Artículo 115. Escuela Nacional de Formación Judicial

Este órgano auxiliar es responsable de la formación y capacitación del personal del Poder Judicial. Su objetivo es asegurar la profesionalización y actualización constante de los servidores públicos.

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Texto Legal

La Escuela Nacional de Formación Judicial es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial con autonomía técnica y de gestión, responsable de diseñar e implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de carrera judicial y administrativo del Poder Judicial de la Federación, de sus órganos auxiliares y de las defensorías públicas y, en su caso, del personal de los Poderes Judiciales locales, fiscalías, organismos de protección de los derechos humanos, instituciones de seguridad pública y del público en general.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La Escuela Nacional de Formación Judicial es clave para el desarrollo profesional en el ámbito judicial. Los abogados deben estar al tanto de sus programas para fomentar la capacitación continua.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 115 del LOPJF?

Este órgano auxiliar es responsable de la formación y capacitación del personal del Poder Judicial. Su objetivo es asegurar la profesionalización y actualización constante de los servidores públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 115 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La Escuela Nacional de Formación Judicial es clave para el desarrollo profesional en el ámbito judicial. Los abogados deben estar al tanto de sus programas para fomentar la capacitación continua.

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