Las personas que han sido Ministros no pueden actuar como abogados en procesos ante el Poder Judicial durante dos años tras su retiro. Este artículo busca prevenir conflictos de interés.
Las personas que hayan ocupado el cargo de Ministro o Ministra no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación. Durante dicho plazo, quienes hayan desempeñado el cargo de Ministro o Ministra no podrán ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las restricciones post-cargo son importantes para evitar la corrupción y mantener la confianza en el sistema judicial. Los abogados deben tener esto en cuenta al planificar su carrera.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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