Las sesiones del Pleno son generalmente públicas, lo que promueve la transparencia en el sistema judicial. Sin embargo, hay excepciones que deben ser consideradas.
Las sesiones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación serán públicas por regla general, salvo en los supuestos previstos en el artículo 17 del presente ordenamiento. Estas sesiones constarán en acta, incluyendo aquellas que excepcionalmente sean privadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La transparencia en las sesiones es fundamental para la confianza pública en el sistema judicial. Los abogados deben estar preparados para las implicaciones de las sesiones privadas.
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