LPPDDHP

Artículo 62. Resolución de la inconformidad

La Coordinacion tiene un plazo de hasta doce horas para resolver sobre la inconformidad presentada, pudiendo confirmar, revocar o modificar la decisión anterior. Este procedimiento busca agilidad en la respuesta a las peticiones.

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Texto Legal

La Coordinación resolverá, en un plazo máximo de hasta doce horas, para confirmar, revocar o modificar la decisión de la Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida. LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-04-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La rapidez en la resolución es crucial para la protección de los derechos de las personas defensoras y periodistas. Los interesados deben estar atentos a la respuesta para tomar acciones inmediatas si es necesario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 62 del LPPDDHP?

La Coordinacion tiene un plazo de hasta doce horas para resolver sobre la inconformidad presentada, pudiendo confirmar, revocar o modificar la decisión anterior. Este procedimiento busca agilidad en la respuesta a las peticiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 62 de la LEY para la Protección de Personas Defensoras d...?

[IA] La rapidez en la resolución es crucial para la protección de los derechos de las personas defensoras y periodistas. Los interesados deben estar atentos a la respuesta para tomar acciones inmediatas si es necesario.

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