LTOSF

Artículo 51. Ejecución de Multas

Las multas impuestas a instituciones de crédito se cargarán a su cuenta en el Banco de México. El Servicio de Administración Tributaria se encargará de las multas a otras Entidades Financieras.

ejecucion de multasbanco de mexicosat

Texto Legal

Las multas que imponga la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros a las instituciones de crédito, se harán efectivas cargando su importe en la cuenta que lleve el Banco de México a dichas instituciones. Corresponderá al Servicio de Administración Tributaria hacer efectivas, conforme al Código Fiscal de la Federación, las multas impuestas a las Entidades Financieras distintas a instituciones de crédito.

El Banco de México realizará los cargos respectivos en la fecha en que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros se lo solicite por tratarse de multas contra las cuales no proceda ya medio de defensa alguno. Para tales efectos, la institución de crédito afectada dará aviso por escrito a la citada Comisión simultáneamente al ejercicio de cualquier medio de defensa ante la autoridad competente. Artículo reformado DOF 25-06-2009

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las instituciones deben estar al tanto de cómo se ejecutan las multas para evitar sorpresas en sus cuentas. La comunicación con el Banco de México y el SAT es clave para una correcta gestión financiera.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LTOSF?

Las multas impuestas a instituciones de crédito se cargarán a su cuenta en el Banco de México. El Servicio de Administración Tributaria se encargará de las multas a otras Entidades Financieras.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LEY para la Transparencia y Ordenamiento de los...?

[IA] Las instituciones deben estar al tanto de cómo se ejecutan las multas para evitar sorpresas en sus cuentas. La comunicación con el Banco de México y el SAT es clave para una correcta gestión financiera.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 51 del LTOSF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 51 LTOSF desde tu celular