LRITF

Artículo 143. Notificaciones no conforme

Las notificaciones que no se realicen conforme a la ley se entenderán legalmente hechas si el interesado se manifiesta sabedor de su contenido. Esto puede tener implicaciones en la validez de actos administrativos.

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Texto Legal

Las notificaciones que no fueren efectuadas conforme a este Título, se entenderán legalmente hechas y surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquel en el que el interesado o su representante se manifiesten sabedores de su contenido.

LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es esencial que los interesados estén atentos a cualquier notificación, incluso si no se realizó conforme a los procedimientos. Esto puede afectar su capacidad de impugnar decisiones administrativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 143 del LRITF?

Las notificaciones que no se realicen conforme a la ley se entenderán legalmente hechas si el interesado se manifiesta sabedor de su contenido. Esto puede tener implicaciones en la validez de actos administrativos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 143 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnologí...?

[IA] Es esencial que los interesados estén atentos a cualquier notificación, incluso si no se realizó conforme a los procedimientos. Esto puede afectar su capacidad de impugnar decisiones administrativas.

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