La autoridad administrativa valorara las pruebas conforme a las reglas de la logica, la sana critica y la experiencia. Las documentales publicas hacen prueba plena.
La autoridad administrativa valorara las pruebas conforme a las reglas de la logica, la sana critica y la maxima experiencia.
- Prueba tasada: las documentales publicas hacen prueba plena de los hechos que consignan
- Libre valoracion: la autoridad valora las demas pruebas conforme a su criterio razonado
- Sana critica: combinacion de logica, experiencia y sentido comun
La autoridad debe expresar en su resolucion las razones por las cuales otorga o niega valor probatorio a cada prueba. La omision de esta motivacion puede generar la nulidad de la resolucion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La motivacion de la valoracion probatoria es un requisito esencial de la resolucion. Cuando la autoridad no explica por que otorga o niega valor a una prueba, la resolucion adolece de falta de motivacion y puede ser anulada. Recomendamos revisar cuidadosamente la valoracion de pruebas en cada resolucion para identificar posibles agravios impugnables.
Art. 29. Medios de prueba admisibles
En el procedimiento administrativo se admitiran toda clase de pruebas, excepto la confesional de la autoridad. Las pruebas deben ser pertinentes y relacionadas con los hechos controvertidos.
Art. 30. Periodo probatorio
La autoridad administrativa concedera un periodo probatorio para que las partes ofrezcan y desahoguen las pruebas que consideren pertinentes. Este periodo no podra ser inferior a 5 ni mayor a 30 dias habiles.
Art. 46. Resolucion del procedimiento administrativo
La autoridad emitira resolucion fundada y motivada al concluir el procedimiento, decidiendo todas las cuestiones planteadas y las que deriven del expediente. La resolucion debe dictarse dentro de los plazos legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo