La autoridad podra ordenar la acumulacion de expedientes cuando exista conexidad entre ellos, es decir, cuando se refieran a hechos o cuestiones juridicas similares.
La autoridad podra ordenar la acumulacion de expedientes cuando exista conexidad entre los asuntos.
- Los expedientes tratan sobre los mismos hechos
- Involucran a las mismas partes
- La resolucion de uno puede afectar al otro
- Se tramitan ante la misma autoridad
1. La autoridad emite acuerdo de acumulacion fundado y motivado
2. Se notifica a los interesados en todos los expedientes
3. Los expedientes se integran en uno solo
4. Se designa un solo servidor publico responsable
- Evita resoluciones contradictorias
- Favorece la economia procesal
- Permite una vision integral del asunto
- Reduce tiempos de tramitacion
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La acumulacion de expedientes puede ser beneficiosa o perjudicial dependiendo de la estrategia. En algunos casos conviene solicitar la acumulacion para lograr una vision integral del asunto y evitar resoluciones contradictorias. En otros, mantener los expedientes separados permite manejar individualmente cada procedimiento segun sus circunstancias particulares.
Art. 40. Inicio del procedimiento de oficio
El procedimiento administrativo iniciado de oficio se inicia mediante acuerdo de la autoridad competente, que debe ser notificado al interesado con expresion de los hechos y fundamentos legales.
Art. 41. Requisitos de la solicitud de inicio
La solicitud de inicio del procedimiento a instancia del particular debera contener nombre, domicilio, hechos, peticion, fundamentos legales y documentos que acrediten su pretension.
Art. 43. Medidas provisionales
La autoridad puede adoptar medidas provisionales para asegurar la eficacia de la resolucion que pudiera recaer en el procedimiento. Las medidas deben ser proporcionales y temporales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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