El Fiduciario puede emitir valores, pero requiere la aprobación del Ejecutivo para determinar el monto y características de dichas emisiones. Esto asegura un control sobre las inversiones realizadas.
El Fiduciario podrá emitir valores pero para ello se requerirá la aprobación del Ejecutivo, respecto al monto de las emisiones, a sus características y a los planes de inversión del producto de los valores que proponga emitir. Fe de erratas al artículo DOF 04-03-1955
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La emisión de valores puede ser una herramienta útil para financiar el fondo. Los contadores deben estar atentos a las aprobaciones necesarias para evitar problemas legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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