LCCAIF

Artículo 6. Representantes de Mexico

Los Gobernadores que representen a México ante la Asociación Internacional de Fomento serán los mismos que en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Esto asegura una representación coherente.

gobernadoresrepresentacionfomento

Texto Legal

Los Gobernadores Propietario y Suplente que representen a México ante la Asociación Internacional de Fomento, serán los mismos que funjan con tal carácter en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Artículo reformado DOF 13-01-1986

LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCIÓN EN MÉXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 06-06-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coincidencia de representantes puede facilitar la comunicación y la toma de decisiones. Los abogados deben asegurarse de que los representantes estén debidamente informados sobre sus funciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LCCAIF?

Los Gobernadores que representen a México ante la Asociación Internacional de Fomento serán los mismos que en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Esto asegura una representación coherente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en Mé...?

[IA] La coincidencia de representantes puede facilitar la comunicación y la toma de decisiones. Los abogados deben asegurarse de que los representantes estén debidamente informados sobre sus funciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 6 del LCCAIF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 6 LCCAIF desde tu celular