El coobligado o fiador con prenda e hipoteca sobre bienes del fallido concurre a la quiebra por la suma pagada antes de la declaracion. Se respetan las preferencias en el pago.
- Coobligado o fiador garantido. El coobligado o fiador del fallido garantizado con prenda e hipoteca sobre bienes de éste, para asegurar su derecho de repetir, concurre a la quiebra por la suma pagada antes de su declaración o por la que tuviese privilegio si ésta fuere mayor. Del producto del bien y hasta el monto del privilegio se satisface en primer lugar al acreedor del fallido y del coobligado o fiador; después al que ejerce la repetición, por la suma de su pago. En todos los casos se deben respetar las preferencias que correspondan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si eres fiador, asegúrate de que tus derechos sean respetados en la quiebra. Podrías perder tu privilegio si no actúas a tiempo para reclamar lo que te corresponde.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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