La quiebra del asegurado no anula el contrato de seguro de daños patrimoniales, y el asegurador se convierte en acreedor del concurso por primas impagas.
- Seguros. La quiebra del asegurado no resuelve el contrato de seguro de daños patrimoniales, siendo nulo el pacto en contrario. Continuando el contrato después de la declaración de quiebra, el asegurador es acreedor del concurso por la totalidad de la prima impaga.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si eres asegurado y entras en quiebra, tu contrato de seguro sigue vigente, pero asegúrate de estar al día con las primas para evitar problemas adicionales en el concurso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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