LCQ

Artículo 166. Coordinacion de procedimientos

Al decretar la extensión, el juez debe coordinar los procedimientos de todas las quiebras involucradas. El sindico designado participa en los concursos de las personas afectadas por la extensión.

coordinacionsindicoprocedimientos concursales

Texto Legal

- Coordinación de procedimientos. Sindicatura. Al decretar la extensión, el juez debe disponer las medidas de coordinación de procedimientos de todas las falencias. El síndico ya designado interviene en los concursos de las personas alcanzadas por la extensión, sin perjuicio de la aplicación del Artículo 253, parte final.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La coordinación de procedimientos es clave para asegurar que todos los acreedores sean tratados de manera justa. Un mal manejo de esta coordinación puede resultar en conflictos entre acreedores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del LCQ?

Al decretar la extensión, el juez debe coordinar los procedimientos de todas las quiebras involucradas. El sindico designado participa en los concursos de las personas afectadas por la extensión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la LCQ?

La coordinación de procedimientos es clave para asegurar que todos los acreedores sean tratados de manera justa. Un mal manejo de esta coordinación puede resultar en conflictos entre acreedores.

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