Las publicaciones del informe final pueden ser sustituidas por notificaciones personales a los acreedores, optimizando costos y tiempos en el proceso.
- Notificaciones. Las publicaciones ordenadas en el Artículo 218 pueden ser sustituidas por notificación personal o por cédula a los acreedores, cuando el número de éstos o la economía de gastos así lo aconseje.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La opción de notificaciones personales puede acelerar la comunicacion con los acreedores, pero es importante asegurarse de que todos reciban la información necesaria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo