LCQ

Artículo 259. Coadministradores en el concurso

Los coadministradores pueden ser designados para actuar en el concurso, debiendo ser personas especializadas. Su remoción sigue las mismas reglas que las del síndico.

coadministradoresdesignacionremocion

Texto Legal

- Coadministradores. Los coadministradores pueden actuar en los casos señalados por los Artículos 192 a 199. Su designación debe recaer en personas especializadas en el ramo respectivo o graduados universitarios en administración de empresas. Su remoción se rige por lo dispuesto en el Artículo 255.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta selección de coadministradores puede mejorar la gestión del concurso, pero su inadecuada elección puede llevar a conflictos y mala administración de los activos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 259 del LCQ?

Los coadministradores pueden ser designados para actuar en el concurso, debiendo ser personas especializadas. Su remoción sigue las mismas reglas que las del síndico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 259 de la LCQ?

La correcta selección de coadministradores puede mejorar la gestión del concurso, pero su inadecuada elección puede llevar a conflictos y mala administración de los activos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 259 del LCQ?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 259 LCQ desde tu celular