El incumplimiento de ciertas obligaciones puede llevar a que se considere al deudor como desistido del proceso concursal.
- Sanción. En caso de que el deudor no cumpla lo dispuesto en los incisos 5 y 8 del artículo 14 y en los artículos 27 y 28 primer párrafo, se lo tiene por desistido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El riesgo de ser considerado desistido es alto si no se cumplen las obligaciones establecidas, lo que puede llevar a la pérdida de oportunidades para reestructurar deudas y continuar operaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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