Ciertos familiares del deudor, como cónyuges y ascendientes, no pueden solicitar la quiebra. Esto limita las acciones de algunas partes interesadas.
- Acreedores excluidos. No pueden solicitar la quiebra el cónyuge, los ascendientes o descendientes del deudor, ni los cesionarios de sus créditos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los acreedores deben ser conscientes de estas exclusiones para evitar conflictos de interés y asegurar que sus solicitudes sean válidas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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