La representación jurídica en materia obrera, agraria y cooperativa se regirá por disposiciones específicas. Este artículo establece el marco legal para la intervención en estos ámbitos.
La representación jurídica en materia obrera, agraria y cooperativa, se regirá por las disposiciones relativas de la Ley Federal del Trabajo, Código Agrario, Ley de Sociedades Cooperativas y en su defecto, por las disposiciones conexas del Derecho Común.
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