Las ART deben establecer un régimen de alícuotas basado en indicadores de siniestralidad. Este régimen debe ser aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Régimen de alícuotas. 1. La Superintendencia de Seguros de la Nación en forma conjunta con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo establecerán los indicadores que las ART habrán de tener en cuenta para diseñar el régimen de alícuotas. Estos indicadores reflejarán la siniestralidad presunta, la siniestralidad efectiva, y la permanencia del empleador en una misma ART. 2. Cada ART deberá fijar su régimen de alícuotas en función del cual será determinable para cualquier establecimiento, el valor de la cuota mensual. 3. El régimen de alícuotas deberá ser aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación. 4. Dentro del régimen de alícuotas, la cuota del artículo anterior será fijada por establecimiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben estar atentas a cómo se fijan las alícuotas, ya que un aumento en la siniestralidad puede incrementar sus costos operativos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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