Este articulo establece que, en materias no reguladas por la ley, se aplicará supletoriamente la ley 20.091. Se excluye el artículo 188 de la ley 24.241.
Normas aplicables. 1. En las materias no reguladas expresamente por esta ley, y en cuanto resulte compatible con la misma, será de aplicación supletoria la ley 20.091. 2. No es aplicable al régimen de esta ley, el artículo 188 de la ley 24.241.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
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