LRT

Artículo 51. Comunicación al Poder Ejecutivo

Este articulo es una formalidad que comunica la promulgación de la ley al Poder Ejecutivo, asegurando su implementación. Refleja el proceso legislativo y la culminación de la aprobación de la ley.

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Texto Legal

— Comuníquese al Poder Ejecutivo. — Alberto PIERRI. — Carlos F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aunque este articulo es más administrativo, su cumplimiento es necesario para que la ley entre en vigor. Sin esta comunicación, no se podrían aplicar las disposiciones establecidas, lo que podría generar confusión en su implementación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LRT?

Este articulo es una formalidad que comunica la promulgación de la ley al Poder Ejecutivo, asegurando su implementación. Refleja el proceso legislativo y la culminación de la aprobación de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LRT?

Aunque este articulo es más administrativo, su cumplimiento es necesario para que la ley entre en vigor. Sin esta comunicación, no se podrían aplicar las disposiciones establecidas, lo que podría generar confusión en su implementación.

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