Enumera las prestaciones que otorga el seguro de invalidez: pensión temporal o definitiva, asistencia médica, asignaciones familiares y ayuda asistencial.
El asegurado que se declare en estado de invalidez tendrá derecho a:
I. Pensión temporal o definitiva
II. Asistencia médica conforme al seguro de enfermedades y maternidad
III. Asignaciones familiares
IV. Ayuda asistencial
| Tipo | Descripción |
|---|---|
| Temporal | Se otorga por períodos renovables cuando existe posibilidad de recuperación |
| Definitiva | Se otorga cuando la invalidez se considera irrecuperable |
La pensión por invalidez se calcula como un porcentaje del salario promedio de las últimas 500 semanas de cotización, o las que tenga si son menos, con un mínimo garantizado.
Se aplican los mismos porcentajes que en riesgos de trabajo: 15% por cónyuge, 10% por cada hijo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo regula las asignaciones familiares que complementan la pension por invalidez. SDV destaca que estas asignaciones se otorgan a los dependientes economicos del pensionado y representan un porcentaje adicional sobre la pension base. Los patrones deben informar a sus trabajadores sobre estos beneficios adicionales que incrementan el monto total de la pension.
Art. 112. Concepto de invalidez
Define la invalidez como la imposibilidad derivada de una enfermedad o accidente no profesional para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50% de lo que percibía durante el último año de trabajo.
Art. 114. Requisitos de cotización para pensión por invalidez
Establece que para obtener la pensión por invalidez se requiere tener acreditadas un mínimo de 250 semanas de cotización, o 150 semanas si el asegurado es menor de 46 años.
Art. 116. Monto de la pensión por invalidez
Establece la forma de calcular el monto de la pensión por invalidez, que corresponde al 35% del promedio de los salarios de las últimas 500 semanas cotizadas, más incrementos por semanas adicionales.
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