LSS

Artículo 146. Régimen financiero del seguro de invalidez y vida

Establece que el seguro de invalidez y vida se financia con contribuciones a cargo de los patrones, los trabajadores y el Estado, conforme a las tasas que establece esta Ley.

financiamientoinvalidez y vidacuotas1.75%0.625%reservas técnicas

Texto Legal

Artículo 146 – Financiamiento del Seguro de Invalidez y Vida

Los recursos necesarios para financiar las prestaciones y los gastos administrativos del seguro de invalidez y vida, así como la constitución de las reservas técnicas, se obtendrán de las cuotas que están obligados a cubrir los patrones, los trabajadores y demás sujetos obligados, así como de la contribución que corresponda al Estado.

Fuentes de financiamiento


FuenteContribución
Patrón1.75% del SBC
Trabajador0.625% del SBC
Estado7.143% de la cuota patronal

Cobertura del seguro

El seguro de invalidez y vida protege contra:
- Invalidez derivada de enfermedad o accidente no profesional
- Muerte del asegurado (pensiones a beneficiarios)

Base de cotización

La base es el SBC con tope de 25 UMA, al igual que los demás seguros del régimen obligatorio (excepto EyM en especie que tiene su propia estructura).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desde la optica de SDV, este articulo sobre el financiamiento del seguro de invalidez y vida es relevante para el calculo preciso de cuotas. Las tasas de 1.75% patronal y 0.625% obrera se aplican sobre el SBC con tope de 25 UMA. El correcto entero de estas cuotas es verificado en las auditorias del IMSS y su omision genera creditos fiscales con recargos.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 146 del LSS?

Establece que el seguro de invalidez y vida se financia con contribuciones a cargo de los patrones, los trabajadores y el Estado, conforme a las tasas que establece esta Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 146 de la Ley del Seguro Social?

Desde la optica de SDV, este articulo sobre el financiamiento del seguro de invalidez y vida es relevante para el calculo preciso de cuotas. Las tasas de 1.75% patronal y 0.625% obrera se aplican sobre el SBC con tope de 25 UMA. El correcto entero de estas cuotas es verificado en las auditorias del IMSS y su omision genera creditos fiscales con recargos.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 146 LSS?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 146 del LSS, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de cuotas IMSS. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 146 del LSS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 146 LSS desde tu celular