LSS

Artículo 122. Pensión de orfandad

Establece los requisitos y el monto de la pensión de orfandad para los hijos del asegurado o pensionado fallecido, con derecho hasta los 16 años o 25 si son estudiantes.

pensión de orfandadhijosmenores de 16 añosestudiantes25 años

Texto Legal

Artículo 122 – Pensión de Orfandad

Tendrán derecho a recibir pensión de orfandad cada uno de los hijos menores de dieciséis años, cuando muera el padre o la madre asegurados.

Monto de la pensión


SituaciónPorcentaje
Huérfano de padre o madre20% de la pensión de invalidez
Huérfano de padre y madre30% de la pensión de invalidez

Duración

- Hasta los 16 años en todos los casos
- Hasta los 25 años si el huérfano se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional
- Sin límite de edad si el huérfano tiene una incapacidad que le impida trabajar

Requisitos

- Ser hijo(a) del asegurado o pensionado fallecido
- Acreditar el parentesco con acta de nacimiento
- Si es mayor de 16 años: acreditar que es estudiante activo

Extinción

La pensión de orfandad se extingue cuando el huérfano cumple la edad límite, deja de estudiar, o contrae matrimonio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo regula la pension de orfandad que reciben los hijos del asegurado fallecido. SDV destaca que el derecho se extiende hasta los 25 anos si el beneficiario es estudiante, o sin limite de edad si tiene una incapacidad. Los patrones pueden orientar a las familias de trabajadores fallecidos sobre estos derechos para facilitar los tramites correspondientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 122 del LSS?

Establece los requisitos y el monto de la pensión de orfandad para los hijos del asegurado o pensionado fallecido, con derecho hasta los 16 años o 25 si son estudiantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 122 de la Ley del Seguro Social?

Este articulo regula la pension de orfandad que reciben los hijos del asegurado fallecido. SDV destaca que el derecho se extiende hasta los 25 anos si el beneficiario es estudiante, o sin limite de edad si tiene una incapacidad. Los patrones pueden orientar a las familias de trabajadores fallecidos sobre estos derechos para facilitar los tramites correspondientes.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 122 del LSS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 122 LSS desde tu celular