LGS

Artículo 101. Personalidad en liquidación

La sociedad en liquidación conserva su personalidad jurídica y se rige por normas compatibles con su tipo, lo que es esencial para la gestión de la liquidación.

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Texto Legal

— La sociedad en liquidación conserva su personalidad a ese efecto, y se rige por las normas correspondientes a su tipo en cuanto sean compatibles. Designación de liquidador.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conservar la personalidad jurídica durante la liquidación permite a la sociedad cumplir con obligaciones y gestionar activos, evitando complicaciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 101 del LGS?

La sociedad en liquidación conserva su personalidad jurídica y se rige por normas compatibles con su tipo, lo que es esencial para la gestión de la liquidación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 101 de la LGS?

Conservar la personalidad jurídica durante la liquidación permite a la sociedad cumplir con obligaciones y gestionar activos, evitando complicaciones legales.

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